Más de cinco millones y medio de electores están llamados a las urnas en Cataluña el próximo 21 de diciembre. Se trata de un día laborable, jueves, y por ello el pasado día 3 se publicó el real decreto que regular las normas complementarias para realizar estas elecciones, como la regulación de los permisos para poder votar.
¿Qué permiso tienen los electores?
Así, para garantizar el derecho a voto, se establece permiso retribuido y no recuperable de hasta cuatro horas dentro de su jornada laboral de ese día a los trabajadores que tengan la condición de electores y les toque trabajar el 21 de diciembre.
¿Qué permiso tienen los miembros de las mesas electorales o interventores?
La ley electoral establece que los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que hayan sido nombrados presidentes o vocales de las mesas electorales tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral. También tienen derecho a una reducción de cinco horas de su jornada laboral al día siguiente de la votación.
