Regularización IRPF prestaciones de Maternidad y Paternidad

A raíz de la sentencia 1462/2018 de 3 de octubre de 2018 del Tribunal Supremo, que establece que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Ministerio de Hacienda acaba de hacer público en su página web el procedimiento que la Agencia Tributaria para la reclamación de dichas retenciones aplicadas. Desde el comité de empresa de Silk hemos creído conveniente comentaros los puntos más relevantes para que todos los empleados estemos informados y nos podamos beneficiar.

Los importes reclamables se corresponden con las retenciones de las prestaciones recibidas en los siguientes años:

  •         Las prestaciones percibidas durante los años 2014 y 2015. Ya se puede solicitar su regularización desde la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), donde se ha habilitado un  espacio web específico, en el que la persona perceptora de la prestación deberá indicar en qué años ha percibido la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución). Los empleados de SILK también podemos solicitar la regularización desde Endalia, donde RRHH os ayudará realizando esta gestión.

 

  •         Las prestaciones percibidas durante los años 2016 y 2017. Hasta enero de 2019 no se podrá solicitar su regularización. Si la prestación se recibió en diferentes años se deberá solicitar la rectificación de la declaración de IRPF para cada año.

 

  •         Las prestaciones percibidas o que se perciban durante el año 2018. La agencia tributaria las regularizará en la próxima campaña de renta, incorporándolas como rentas exentas. Los/las contribuyentes tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones de la forma habitual.

 

No es necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad/paternidad percibidas, puesto que en cada caso la AEAT recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento.

Esperamos que os sirva de ayuda a los padres y madres en SILK. 

Cualquier duda o aclaración no dudéis en contactar con el comité de empresa, estamos a vuestra disposición para ayudaros en lo que haga falta.

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comiteempresa@silk.es